• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ISABEL MASSIGOGE GALBIS
  • Nº Recurso: 134/2021
  • Fecha: 14/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a dos acusados como autor y como cooperador necesario, respectivamente, de un delito de prevaricación administrativa y como autores de un delito de malversación de caudales públicos. Acusado que en su condición de consejero de un gobierno autonómico crea específicamente una plaza como asesor en materia de sistemas de seguridad con la finalidad de que fuera cubierta por el otro acusado que, como miembro del cuerpo policial autonómico, percibió los salarios correspondientes a ese nuevo puesto, a sabiendas de que no desempeñaría dichas funciones, sino que se ocuparía a dar cobertura de seguridad a una persona amiga fugada de la justicia española y radicada en el extranjero, como así efectivamente. ocurrió. Prueba directa y prueba de indicios. Juicio de inferencia lógico y racional. Delito de prevaricación administrativa. Resolución administrativa dictada a sabiendas de su injusticia. Resolución arbitraria que además de contrariar la razón, la justicia y las leyes, lo haga desviándose de la normopraxis administrativa de una manera flagrante, notoria y patente. Conciencia de la ilegalidad de la resolución. El elemento subjetivo es determinante para diferenciar la mera ilegalidad administrativa, por grave que resulte, del comportamiento sancionado penalmente. Delito de malversación de caudales públicos. Elementos típicos de la malversación. Agravación por el valor de la defraudación. Actos de manifiesta deslealtad en la administración de los fondos públicos.
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: CARLOS CLIMENT DURAN
  • Nº Recurso: 301/2023
  • Fecha: 13/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Respecto del ámbito físico protegido por el tipo penal de allanamiento de morada, se ha de tener en cuenta que el concepto de morada como equiparable a domicilio no coincide en términos estrictos con la noción de este a efectos administrativos o civiles, sino que abarca todo espacio en el que se ejerce la privacidad. En el caso analizado, se acredita una ruptura de la convivencia conyugal y una separación de hecho mutuamente consentida al menos unas pocas semanas. Y si había una separación de hecho es claro que la vivienda ocupada por la denunciante era una morada en la que ella podía ejercer su privacidad alejada de la intromisión de cualquier otra persona, incluido su marido, quien no tenía libre acceso a dicha vivienda sin el consentimiento de ella. El delito de allanamiento de morada no exige un dolo específico, sino que en el aspecto subjetivo basta con el dolo genérico de entrar o permanecer en la morada ajena contra la voluntad del dueño, sin exigirse la presencia de otro elemento subjetivo adicional. En aquellos casos en que exista un doble gravamen porque la violencia, penada como delito independiente, sirva a su vez para configurar el subtipo agravado de allanamiento de morada con violencia del art. 202.2, la solución será reconducir el allanamiento al tipo genérico del artículo 202.1, pero manteniendo la condena por el delito de amenazas. Acción única que causa lesiones a la expareja y a un hijo de ambos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Mérida
  • Ponente: RAQUEL RIVAS HIDALGO
  • Nº Recurso: 39/2023
  • Fecha: 11/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo Penal ha dictado sentencia y ha condenado a los acusados como autores criminalmente responsables de un delito de FRUSTRACION DE LA EJECUCION POR ALZAMIENTO DE BIENES Y REALIZACION DE ACTOS DE DISPOSICION PARA IMPEDIR LA EFICACIA DEL PROCEDIMIENTO DE APREMIO JUDICIAL.A la pena de dos años y seis meses de prisión y 18 meses de multa con una cuota diaria de ocho euros, y accesorias. La acusación particular interpone recurso de apelación interesando la revocación parcial de la sentencia y se imponga a los condenados la pena de tres años de prisión y se acuerde la nulidad de los instrumentos jurídicos utilizados para la comisión del delito, esto es, las escrituras públicas de disolución de la comunidad de gananciales y compraventas firmadas, reponiendo con ello los bienes al patrimonio de ambos condenados para su oportuna ejecución judicial, puede resarcirse el acreedor en el cobro de la deuda cuya ejecución fue frustrada. Subsidiariamente se acuerde fijar la responsabilidad civil en el valor de los bienes sustraídos a la ejecución. La representación procesal de los acusados interpone recurso de apelación alegando vulneración del artículo 24 de la Constitución española , tutela judicial efectiva, infracción del artículo 257.1.y 2º infracción del principio de legalidad del artículo 25 de la Constitución española. La audiencia Provincial desestima los recursos de apelación confirmando enteramente la sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Badajoz
  • Ponente: JOSE ANTONIO BOBADILLA GONZALEZ
  • Nº Recurso: 51/2021
  • Fecha: 11/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cosa juzgada en el orden jurisdiccional penal que no se aprecia en los datos fácticos de resoluciones precedentes, aunque lo sean de la jurisdicción penal, y carecen de virtualidad suficiente como para que en proceso distinto y por jueces diferentes se haya de estar o pasar por los hechos antes declarados probados, no pudiendo pues sobreponerse éstos a las apreciaciones de los jueces posteriores, a menos que se dieran entre las dos resoluciones la identidad de cosa juzgada. Cada causa criminal tiene un propio objeto y su propia prueba y conforme a su propio contenido ha de resolverse, todo ello sin perjuicio de que la prueba practicada en el primero pueda ser traída al segundo proceso para ser valorada en unión de las demás existentes. Elementos objetivos y subjetivos del delito de falsedad, incluyendo en los primeros una mutación de partes esenciales del documento que ponga en peligro la confianza en el tráfico oficial o mercantil, en su caso, y como elemento subjetivo ha de exigirse un conocimiento de la alteración, si bien el legislador ha previsto la comisión por imprudencia grave.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: FRANCISCO NAVARRO CAMPILLO
  • Nº Recurso: 23/2020
  • Fecha: 08/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia condena al acusado como autor de un delito continuado de apropiación indebida con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de reparación del daño y la de dilaciones indebidas. El acusado era administrador de una sociedad mercantil, circunstancia que aprovechó para distraer dinero de las cuentas societarias. La presunción de inocencia y las exigencias que impone en la prueba de los hechos y de la autoría y en la valoración de dichas pruebas. Los elementos del delito de apropiación indebida de dinero y sus diferencias con la administración desleal. Los indicios que permiten afirmar una voluntad definitiva de apropiación del dinero. Inexistencia de rendición de cuentas pendientes. Análisis de la atenuante de reparación del daño y su consideración como muy cualificada en atención a la cuantía de lo devuelto que alcance el total defraudado. La atenuante de dilaciones indebidas. Continuidad delictiva y determinación de la pena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: MARIA JOSE AGUIRRE ZUAZO
  • Nº Recurso: 437/2023
  • Fecha: 06/09/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo Penal condena a las acusadas como autoras de un delito de hurto del artículo 234.1 del código penal, concurriendo la agravante de reincidencia en ambas y la atenuante analógica de reparación del daño. Interpuesto recurso de apelación por la representación procesal de las acusadas, la audiencia Provincial dicta sentencia desestimando el recurso y confirmando íntegramente la sentencia de instancia, desestima la impugnación basado en error en la valoración de la prueba confirmando la autoría de la acusada y el juicio de culpabilidad realizado. Desestima la petición subsidiaria en orden a la ponderación penológica de la atenuante de reparación del daño con la agravante de reincidencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: JOSE LUIS GONZALEZ GONZALEZ
  • Nº Recurso: 12/2023
  • Fecha: 31/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena homicidio. El acusado estranguló causando la muerte a quien era morador de un local abandonado en unas antiguas pistas de tenis y que le había permitido quedarse, desplazando el cuerpo hasta los antiguos vestuarios donde lo tapó y cerró la puerta, con la finalidad de evitar ser descubierto antes de abandonar la isla, no siendo localizado hasta casi dos años después en virtud de la ejecución de una Orden de Detención Europea. La sentencia desarrolla la inadmisión por parte del Jurado de todas las pretensiones de aminoración de la pena por parte de la defensa. No hay prueba sobre una agresión ilegítima que justifique una legítima defensa: no había sangre en los palos de golf encontrados con los que el acusado dijo haber sido agredido, no se encontraron restos de sangre significativos, lo que contradice su relato de haber sangrado abundantemente, la víctima tenía un estado de salud precario, los restos de ADN del acusado que se encontraron en su cuerpo sugieren una actuación defensiva y en la grabación de las cámaras del aeropuerto el día de su salida no se advierten marcas visibles. Tampoco hay prueba de ingesta masiva de drogas o alcohol. La atenuante de confesión tardía se sostuvo con base en una carta redactada con posterioridad a la detención, sin que contribuyera policial o judicialmente al esclarecimiento de los hechos. Tampoco se aprecia reparación del daño al no haberse acreditado que el acusado hubiese tratado de reanimar a la víctima cuando no respiraba.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: BLANCA ISABEL SUBIÑAS CASTRO
  • Nº Recurso: 112/2022
  • Fecha: 31/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La AP condenó al acusado, abuelo de la víctima menor de edad, por un delito continuado de abusos sexuales a menor de dieciséis años con penetración y prevalimiento. Atenuante de confesión tardía que no es acogida por el Tribunal, pues en ningún momento ha reconocido íntegramente los hechos. Deber de motivación de las resoluciones judiciales, incluidos los pronunciamientos sobre responsabilidad civil. Valoración del daño moral. Valoración del testimonio de la víctima. Revisión de la sentencia por entrada en vigor de nueva norma. El TSJ considera que solo cabe considerar más favorable la nueva disposición cuando la pena impuesta no sea alcanzable o no pueda tener acomodo en la regulación estrenada, sin consideración al arbitrio judicial.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: PABLO HUERTA CLIMENT
  • Nº Recurso: 71/2022
  • Fecha: 31/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a un acusado como autor de dos delitos de asesinato, otro de homicidio, por un delito de incendio, tres de robo con violencia, un delito de lesiones y dos delitos de amenazas. Defensa letrada en juicio. El derecho del acusado a designar Abogado de su elección o, en otro caso, ser asistido de un letrado designado de oficio, que se hace valer durante el desarrollo del juicio. Límites a la facultad de designación letrada. Delito de homicidio. Acción típica y ánimo de matar. Delito de asesinato. Características del ataque alevoso. Alevosía sobrevenida. Agravante de abuso de superioridad. Exhibición de una navaja con la que se produce el ataque mortal en el curso de un forcejeo entre agresor y víctima. Circunstancia de ensañamiento que agrava el reproche en atención a una determinada forma e intención de ejecutar la acción homicida. Delito de incendio. Delito de peligro y de consumación anticipada, sin necesidad de que el riesgo generado para la vida o integridad física se concrete. Elemento subjetivo y conciencia del peligro generado con la acción de prender fuego. Delito de lesiones. Delito de amenazas. Elementos que integran el delito de amenazas, y su calificación como delictiva. Necesidad de generar un temor racional y fundado. Individualización de las penas. Acumulación de penas y limite máximo de cumplimiento de las penas acumuladas. Los beneficios e incidencias penitenciarias, así como la libertad condicional se atenderá a la totalidad de las penas impuestas.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER IRIARTE RUIZ
  • Nº Recurso: 322/2023
  • Fecha: 27/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia que condena por delito de asesinato en grado de tentativa, si bien revoca parcialmente la sentencia al apreciar la atenuante de disminución del daño. Concurre el dolo homicida en la actuación del acusado, así como la alevosía cualificadora del asesinato por cuanto agredió a la víctima con un cuchillo por la espalda reiterando la agresión, puesto que no se limitó a un único acometimiento, sino que continuó con golpes repetidos y en partes del cuerpo en las se encuentran órganos vitales y arterias; la reacción posterior del acusado, que no fue de la prestar ayuda, sino la de emprender la huida corriendo; la ocultación del arma, que sacó de la funda y guardó en el bolsillo en cuanto vio al denunciante; la ubicación de las heridas, localizadas en su mayoría en el tórax, el abdomen y el rostro, esta última de gran longitud (14 centímetros); la profundidad de la herida punzante en el pectoral izquierdo, entre dos y tres centímetros; el potencial peligro para la vida de las heridas penetrantes en hemitórax y en hemiabdomen izquierdos; la utilización de un instrumento peligroso, como es un cuchillo; son datos demostrativos del ánimo homicida. Tentativa. Potencialidad de las lesiones causadas para poner en riesgo la vida. Se aprecia la atenuante de disminución del daño al consignarse la suma de 5.000 euros antes del juicio para entregar a la víctima a cuenta de la indemnización.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.